Algunos, sobre todo aquellos practicantes del vuelo libre en aeronaves que no son ultraligeras (parapente, ala delta, paramotor, etc.), aún recuerdan cuando hace casi 16 años, con la publicación del RD 1591/1999 y en una de sus disposiciones transitorias, se asimilaban operacionalmente este tipo de "aeronaves" a los ULMs, así con calzador y sin pensar que no encajaban entonces, ni encajan ahora, en esa norma ni con fórceps.
¿Aún no han entendido en la AESA que ésto no son ULMs tal y como los define "provisionalmente" la norma de 1982?
- Contenido de la prueba de vuelo del examen.
- Contenido del curso de estandarización de aspirantes a examinadores.
- Modelo de libro registro de tiempo de vuelo,
- Contenidos del curso de instructor de ultraligeros.
- Contenidos del curso de radiofonista.
- Contenidos y convocatorias del seminario de actualización para instructores con habilitación caducada.
Tan solo ha sido cumplida una pequeña parte de los compromisos, y no por mérito de la AESA sino de los profesionales de la formación que han generado los documentos que han sido publicados por la Agencia en su web referentes a programas teórico y práctico para obtener la licencia.
Esperemos que no pasen años hasta que la AESA cumpla, publicando el resto de contenidos comprometidos, como ocurre con la disposición transitoria tercera del RD 1591/1999.
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