sábado, 12 de noviembre de 2016

Más comparaciones odiosas

Hace un par de años se publicó en este blog una de las entradas que más lectores ha tenido, comparando el examen de un piloto de ULM en España siguiendo los procedimientos de la autoridad (la AESA), con el de un piloto de simuladores según procedimientos de un grupo de aficionados (IVAO). No había color.


La reciente publicación de la NPA 2016-14 nos ha hecho acordarnos de aquello y plantear una nueva comparativa pero, esta vez, entre la forma de regular de dos autoridades, la EASA y la AESA, vamos a ello.

Como podréis ver a poco que brujuleéis en la web de la EASA, ésto de las NPAs (el aviso de propuesta de una modificación) no es nada nuevo y forma parte de la cultura administrativa y de servicio de la autoridad europea de aviación civil que procura, antes de elevar al regulador (la Comisión Europea) sus propuestas, que éstas sean bien difundidas y debatidas en el ámbito del sector afectado.

Así la NPA es la herramienta que se utiliza en los primeros estadios de una modificación normativa para:

1º Que los administrados que se vean afectados conozcan la motivación y fondo de la propuesta, así como sus líneas y grupos de trabajo. 
2º Que participen, ya sea de forma individual o preferiblemente a través de sus representantes sectoriales, en sus grupos de trabajo y en consecuencia en la generación de la norma. 
3º Que validen lo que finalmente resulte del proceso, para que la Comisión Europea tenga garantías de que los principios de transparencia y participación pública se han cumplido antes de promulgar cualquier cambio.

Y a los que seguimos estos procesos en el seno de la UE, cuando los comparamos con cómo se hacen las cosas en España cuando se trata de generar normativa nacional, que no hay más remedio que generarla aquí en ámbitos como el ULM y resto de aeronaves incluidas en el Anexo II del reglamento por el que se crea la EASA, nos da por preguntarnos si realmente vivimos en Europa... y mucha envidia.


Pero vamos al grano, comparemos esta NPA recientemente publicada con la actualización de la norma del ULM que llevamos entre manos desde vetetuasabercuando porque, allá por 2008 cuando la AESA asumió estas tareas por delegación de la DGAC, ya conocimos un borrador que, de infumable que era, se acabó guardando en un cajón.

Por lo pronto, a la propuesta de la AESA hemos accedido solo al borrador y de forma extraoficial, mientras los representantes sectoriales que lo habían recibido formalmente de la AESA se lo ocultaban al resto (hasta que ya no pudieron ocultarlo más). Mientras, a la propuesta de la EASA, se accede desde su web y, si además estás suscrito a sus boletines, te la mandan a tu correo electrónico.

En cuanto al contenido, lo que se baraja en la AESA es un triste borrador escrito en ¿arameo? (o algo parecido, solo hay que leer el párrafo de más abajo) y el documento de la EASA está en inglés, si, pero es un derroche de argumentos y explicaciones para que cualquiera que se maneje en el idioma de la aviación (o tenga asistencia de sus representantes o autoridades que le faciliten un texto traducido) no se pierda detalle y pueda participar. No hay por parte de la EASA un borrador previo de "alto secreto" ni nada redactado a oscuras y sin ponerlo en conocimiento del ciudadano.

Plagio evidente de aquello de la parte contratante de la primera parte. ¿no?

Con ésto ya tenemos claro que la EASA quiere ser transparente y abrirse a la participación pública y la AESA pues como que parece que no. Ahora veamos el procedimiento que sigue para innovar norma una autoridad y la otra.


1. Se detecta la necesidad

EASA - Los representantes sectoriales de la Aviación General (AG) plantean la necesidad a la EASA en términos de su impacto en la seguridad, sociedad y economía, estudiando los distintos escenarios que evalúan para tomar la decisión de iniciar el proceso de cambio normativo, anticipándose y ajustando las cosas antes de verse en la necesidad de resolver unos problemas que se ven venir y que los propios administrados van advirtiendo.

AESA - Los representantes sectoriales no tienen canales eficaces y estables para trasmitir sus propuestas a una autoridad nacional que, cuando las recibe, suele menospreciarlas y dejar para luego porque hay otras prioridades. Así, cuando se cambia alguna norma suele ser porque empieza a crujir en términos burocráticos o por alarma social (se está matando mucha gente, hay ya conflictos con el sector comercial, etc.). No hay anticipación a los problemas, solo reacción precipitada cuando saltan todas las alarmas.

Aquí no se innova la norma hasta que el traje se cae a cachos como ha sido el caso del ULM que, aún arrastrando una norma obsoleta desde poco después de publicarse en 1982, mil veces remendada y reinterpretada, se ha empezado a atender dando prioridad con el RD 123/2015 a la burocracia, al colapso administrativo que se estaba produciendo, y dejando para más adelante aquellos temas que influyen directamente en la seguridad de vuelo, y que tienen su precio en vidas, como la certificación continua o unas limitaciones operaciones para el ULM y sus asimilados arcaicas e inseguras.

Otro ejemplo de precipitación ante la alarma social, quizá "el ejemplo", ha sido el fiasco de normativa provisional de RPAS que aún sufre el sector.


2. Se plantean los principios de trabajo y los grupos que los desarrollarán

EASA - Se organiza de forma eficiente la parrilla de salida para que cada grupo discuta la mejor forma de hacer las cosas en un ámbito determinado, que luego se pondrá en común.

AESA - A un funcionario le caerá el expediente en su escritorio (el criterio de selección se desconoce si está vinculado a su capacidad, a su carga de trabajo o a la disposición de los astros) y tendrá que sacar algo en el plazo que le marque la jefatura.

Solo si el funcionario agraciado tiene luces suficientes se preocupará por recabar opiniones entre sus compañeros y, en escasas ocasiones, de expertos externos a la AESA. Si no es por ésta circunstancia, los afectados no se enterarán de lo que se cuece como si se tratara de un "alto secreto".


3. Proceso de consultas y validación

EASA - Con todo el mundo informado y en la línea de salida, se fija un calendario para tener un borrador que elevar al regulador (el de más arriba es real y propuesto para esta NPA). Un par de años suele ser suficiente para completar el proceso, de los que uno se dedicará a divulgar y consensuar con el sector.

AESA - Sine die y según truene, se va desarrollando una propuesta con gran secretismo y a ser posible a puerta cerrada para, como mucho y cuando se tenga intención de elevar el documento a la DGAC, citar a un grupo de expertos (lo más dócil posible) que, con escaso o nulo plazo para estudiar, difundir y discutir la propuesta, debe comulgar con lo precocinado por la AESA en plan paternalista y no siempre con mucho acierto.

#Modo sarcasmo ON#
¡No hay que preocuparse!. Luego la DGAC, el regulador, someterá la propuesta normativa a lo que la Ley de Transparencia obliga: un periodo de exposición pública que suele ser del mínimo legal (15 días).

A éso, secretismo y opacidad hasta que el documento ha salido de la AESA y pasado a la DGAC, con exposición pública de 15 días por canales a los que solo los profesionales suelen acceder, en España se le llama ser transparente y dar participación al ciudadano en el proceso normativo.
#Modo sarcasmo OFF#

Santa Rita, patrona de los funcionarios, causas perdidas y otras cosas parecidas.

4. Publicación y evolución

EASA - Una vez publicada una norma de calidad y consenso, se vigila y sigue su implantación modulando su efecto mediante AMCs (Medidas Aceptables de Cumplimiento) y guías de aplicación que permiten ajustarla a los distintos países y dan la necesaria flexibilidad.

AESA - Lo publicado es ley y el funcionario su profeta. Salvo excepciones, la publicación de AMCs que ayuden a comprender y aplicar los textos normativos, sirviendo de guía al administrado, brillan por su ausencia y es la interpretación del funcionario de turno la que prevalece ante cualquier duda. Poner unas velitas a Santa Rita para que te toque un buen funcionario nunca viene mal.

#Modo sarcasmo ON#
No obstante, siempre te quedará la user friendly reclamación contencioso-administrativa ante la justicia española y el Tribunal de la UE, por si no has tenido bastante.
#Modo sarcasmo OFF#

En resumen.

EASA se está planteando mejorar la envolvente de vuelo de la AG flexibilizando el acceso a la habilitación instrumental para los pilotos recreativos. Su fundamentos:

  • La meteo de buena parte de Europa es mala y hay demasiadas veces IMC (condiciones meteorológicas instrumentales) lo que limita al piloto recreativo y el desarrollo de la actividad, ya que solo suele estar habilitado para volar VFR (reglas de vuelo visuales) por ser la formación para la habilitación IFR excesiva para un ámbito recreativo.
  • Se aumenta la seguridad de los pilotos, aunque vuelen luego en VFR, con más posibilidades de formación proporcionada a su ámbito.
  • Se aumenta la actividad y, con ello, la economía y otros beneficios sociales.

Sólo con ésto ya merece la pena innovar norma según el criterio de la EASA, que pretende hacerlo en un par de años y de la mano del sector.


Como en España la meteo no nos preocupa demasiado por aquello de que somos la Florida de Europa y aunque la AESA sabe desde hace lustros (literalmente al menos un par) que tiene que adecuar la normativa de ULM a la realidad para hacerla segura y explotar su potencial, como no ha sido su prioridad hasta que corrió riesgo de petar el servicio dedicado a estas labores en la AESA (en realidad lo ha hecho y parece que aún no se han enterado en la casa) pues recurren a los clásicos con un vuelva usted mañana.

Solo se ha atendido en el ámbito del ULM, en 34 años y con el RD 123/2015 (que se pretendía publicar como Orden Ministerial urgente en 2012), lo que afecta a la buRRocracia y poco más, dejando para más adelante el resto de ámbito, aunque sea por ese resto por el que la gente tiene accidentes y el país entero tenga una mina sin explotar como destino de la aviación recreativa europea cuando se va el verano y la buena meteo, razón por la que la EASA plantea esa NPA: para mantener la actividad del sector en IMC a falta del sol de España de Pirineos para arriba.

Ahora la AESA está intentando que una "comisión de expertos" le valide su propuesta de "renovación" de la norma de ULM que cumple pronto 35 añitos, pero a puerta cerrada y sin permitir que haya difusión y discusión previa con los afectados. Han empezado por la parte de certificación (mantenimiento os sonará más) y pretende abordar a continuación la de operaciones (limitaciones a 1000 AGL y esas cosas, seguro que os suena) ¿Lo conseguirá?



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