Hoy nos vamos a centrar en las tendencias burocráticas de una de las mayores marías de una tramitación de este tipo: la autoridad medioambiental, también conocida como miedoambiental , porque siendo sinceros la cosa no está nada fácil y aparenta ir a peor en la mayoría de los territorios.
Para empezar no tenemos una sola autoridad miedoambiental, sino que existen tantas autoridades ambientales como comunidades autónomas, cada una con su criterio y forma de hacer las cosas, lo que complica incluso aquellas tramitaciones en las que no son órgano sustantivo al no tener la comunidad autónoma recepcionadas las competencias de infraestructuras aeronáuticas, como es el ejemplo que nos ocupa.
Aunque no sean sustantivas, las administraciones autonómicas se toman su tiempo (algo más que en exceso) para responder con informes que la administración central, como órgano sustantivo cuando toca, les solicita y considera "vinculantes", un tiempo que suele implicar muchos meses de demora en la tramitación, cuando no años.
Y lo peor es que todas las autoridades medioambientales, salvo honrosas excepciones, vienen aplicando un celo desproporcionado a la hora de evaluar la actividad aeronáutica, sobre todo, en el caso de pequeñas instalaciones destinadas a un uso primordialmente recreativo. Ese celo, si queremos huir del argumento de las filias y fobias y centrarnos en lo que se intuye más probable a poco que te sientes un rato a hablar con los técnicos que tramitan, viene habitualmente del soberano desconocimiento que nuestra sociedad (y sus autoridades, las medioambientales incluidas) tienen del ámbito aeronáutico, sobre todo, cuando se trata del recreativo.
Los principios de prevención y cautela, ante tamaño desconocimiento, terminan materializándose en una desproporción de los requisitos que, en ocasiones, resulta absurda y muy lesiva para el despegue (nunca mejor dicho) del sector de la aviación recreativa en la Florida de Europa que es España.
Y como el mejor ejemplo es un botón de muestra, aquí algunas de las pasadas de frenada que leemos en la última evaluación ambiental que ha pasado por nuestras manos para la construcción de un pequeño aeródromo restringido, para uso privado y aeronaves ligeras, con una pista de 800 m. y unas 5 operaciones diarias, no todos los días del mes.
No, tranquilos, ésto no va a ocurrir en un pequeño aeródromo recreativo (https://youtu.be/E7iZQVCLOj4)
No les dió por pensar que, desde la torre de vigilancia que supone un avioncito en vuelo, se han dado más alertas de conatos de incendio en el monte que desde cualquier otro lugar.
No, tranquilos, ésto tampoco va a ocurrir en un pequeño aeródromo recreativo.
Imaginamos lo estresado que estará el técnico que hace esa observación cuando conduzca por una carretera de doble sentido. Verdaderamente infartante si lo comparamos con las separaciones que se suelen mantener entre vuelos visuales como los del aeródromo y la base de incendios.
- Lo mismo con la vía del tren que hay a un kilómetro de la pista, pues se observa la necesidad de estudiar con detalle si van a chocar los aviones del aeródromo con el tren.
(Modo coña on) Menos mal que no dijo nada de la carretera local a menos de 500 metros porque de todos es sabido que a los pilotos les gusta volar acosando a los vehículos que se arrastran por el suelo muy bajito y despacio, como dice el chiste aeronáutico de la abuelita y diga lo que diga el SERA. (Modo coña off)
- Se considera también un riesgo para la población la existencia de un aeródromo "teniendo en cuenta recientes incidentes".
Imaginamos que está al orden del día, en la hemeroteca que consulta el aerófobo que pensó tal cosa, que las aeronaves recreativas se estrellen, preferentemente, en los núcleos urbanos de su entorno. Cuanto más poblados, mejor.
Incluso en zonas que realmente tienen restringido el vuelo, como Doñana, la prohibición de sobrevuelo tiene un techo.
- Se condiciona la autorización ambiental a que se prohíba el sobrevuelo de zonas naturales sensibles en las que actualmente no está prohibido sobrevuelo alguno. En todo caso y olvidando que este tipo de restricciones basta con imponerlas a baja cota y no hasta la estratosfera, si es que procede, y que las restricciones al uso del espacio aéreo tienen su trámite si se quieren promover justificadamente.
Por prohibir que no quede, sobre todo si sale gratis y no hay que justificar la necesidad.
- Se recomienda profundizar en el efecto que tendría el aeródromo, recordemos que de uso privado y para unos 5 movimientos diarios, sobre el ¡¡cambio climático!!
Así, como lo lees, todo en base a los gases de efecto invernadero que producen las 10 aeronaves, como máximo, que pueden llegar a tener base en la instalación, incomparablemente inferiores que los que puede producir el tractor diesel del vecino, mientras hace las labores propias del cultivo cada trimestre, o el montón de vehículos terrestres que se acercan a diario, llenos de turistas, para visitar el entorno turístico de la comarca.
No es ninguna broma todo lo anterior, ni son todos los despropósitos que se les ocurren a unas autoridades ambientales incapaces de distinguir entre un A320 y un P-92, entre lo grande y lo pequeño, lo comercial y lo recreacional, en definitiva, entre lo proporcionado y lo desproporcionado.
Pronto saldrá publicado en un BOE si a alguien le parece que estas cosas no van en serio ni pueden llevar el sello de la administración pública española
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