viernes, 4 de septiembre de 2015

Daños colaterales de los RPAS

La normativa provisional de RPAS, y la alarma mediática que viene produciendo el creciente uso de los drones, ha empezado a afectar a otras disciplinas aeronáuticas recreativas y deportivas y, para variar, en buena parte se debe a la falta de previsión y dejación de funciones de nuestras autoridades aeronáuticas.

Ganador del Trofeo Astilla el finde pasado

Hasta ahora, irse a volar con un aeromodelo al campo donde siempre se había volado, no tenía más problema que lo que te duraran las baterías/combustible y que no se rompiera nada, tomando los clubes o incluso los aficionados que van por libre, unas precauciones básicas que son de puro sentido común y hace poco ha reeditado la AESA según su interés.
Folleto informativo en la web de la AESA

No ponerse a volar en un lugar concurrido, no hacerlo de forma temeraria ni demasiado cerca de la gente o las propiedades ajenas, tener un seguro de responsabilidad civil, verificar que no se pisan las frecuencias si hay otros aficionados en el lugar, evitar hacerlo demasiado cerca de aeropuertos y helipuertos, dejar que algún veterano te enseñe lo básico si no quieres tener un agujero en el bolsillo... son “normas” sencillas que los practicantes del aeromodelismo se autoaplican a falta de una normativa específica en su ámbito aeronáutico.

Porque no hay una norma específica para el aeromodelismo y su única referencia “normativa” es la federativa que, en el mejor de los casos, es de aplicación en el ámbito deportivo.


Pero hay que tener en cuenta que, como los ciclistas, no todos están federados ni montan en bici por deporte. El aeromodelismo recreativo (fuera del ámbito federativo) existe al igual que hay ciclistas que no están federados y no montan en bici solo para entrenar y competir. Hay, mira tu que tontería, gente que lo hace porque si, porque le gusta y punto o para desplazarse a trabajar y no exclusivamente por deporte. Igualito que en automovilismo, donde no todos los que conducimos estamos federados, ¿verdad?

Pero bueno, hasta las bicicletas tienen su marco normativo extradeportivo, ya que tienen la referencia del Código de Circulación, que las contempla adecuadamente.

El asunto es que los aeromodelistas que no quieren estar sujetos al ámbito federativo no tienen ninguna norma específica a la que atenerse y, aunque se federaran, los reglamentos federativos no tienen carácter de normativa específica y no matizan ley vigente alguna con lo que, si se les aplica la normativa genérica aeronáutica, están jodidos porque todo es interpretable y desproporcionado: no está pensada para esta actividad.


La norma de referencia es la Ley de Navegación Aérea (LNA), que clasifica los aeromodelos como aeronaves en su artículo 11 y, en consecuencia, los introduce plenamente en el ámbito de la Ley de Seguridad Aérea (LSA) o el Reglamento de Circulación Aérea (RCA) y el SERA, normativas de obligado cumplimiento por toda aeronave pensadas fundamentalmente para regular a la gran aviación, la del transporte y los trabajos aéreos. Así que ya la tenemos liada y todo queda en manos de la autoridad competente que, con su mejor criterio y conocimiento, aplicará lo anterior al sector aeromodelista.


Así últimamente se viene observando como el poder ejecutivo (las fuerzas de seguridad que toquen según la comunidad autónoma/municipio en cuestión), un tanto despistado en ocasiones y siempre con la normativa que hay publicada en el BOE en la mano (LNA, LSA y RCA/SERA), se empieza a pasar por los lugares donde vuelan los aeromodelistas y advierte, e incluso prohíbe, cualquier práctica que vulnere su interpretación de estas normas o, directamente, te pide lo exigible a los operadores de RPAS (autorizaciones, permisos, seguros y etc).

Lamentablemente, y aunque sea una desproporción y un despropósito con base en el desconocimiento, las más de las veces llevan razón y los aeromodelistas llamados al orden, en algunos casos clubes completos, tienen que ponerse a buscarse la vida con la autoridad (la AESA) y los gestores del espacio aéreo (CTRs principalmente) que consideren que se vulneran sus competencias o responsabilidades para poder seguir haciendo lo que llevan haciendo desde hace años sin perjuicio de terceros.

No solo con los aeromodelistas se mete la autoridad: todo lo que vuela, puede acabar en la cazuela

Para que toméis conciencia del absurdo que supone no tener una norma específica para aeromodelismo y aplicar la genérica sin mesura, tomemos como ejemplo el CTR de Málaga. Técnicamente, en toda su superficie (algo más de 7.000 kilómetros cuadrados de los que más del 60% es territorio de la provincia de Málaga), no se puede volar con aeromodelos sin tener un permiso específico de la AESA que excepcione la prohibición de “volar sin autorización en un espacio aéreo controlado”, pues todo el CTR de Málaga es espacio aéreo controlado hasta al suelo/mar.

Así que ya sabéis, si pretendíais volar con vuestro aeromodelo básico en el fondo del Valle de Abdalajís (Málaga), por poner un ejemplo aún más absurdo ya que está a 30 km. del aeropuerto pero dentro de su CTR, tendréis que coordinaros con el Aeropuerto de Málaga y pedir a la AESA que os conceda una excepción para poder hacerlo tras esa coordinación.

Y, si no, a callar y a recoger los bártulos a poco que la autoridad os lo pida en escrupuloso cumplimiento de la ley, si no quieres que te denuncien y te apliquen todo el peso de la LSA (con sanciones de 60 a 45.000 €, si se consideran leves).

El inmenso CTR de Málaga

La solución es bien sencilla y la pusieron en práctica otros países hace muchos años: hacer una normativa específica y proporcionada (sencilla) para el aeromodelismo. Algo que en los USA hicieron hace 34 años (en un solo folio) y ahora, ante la marea de los RPAS, han tenido que retocar sin abandonar la sencillez (la han dejado en tres folios) que requiere el ámbito recreativo.


P.D. Como nos lo preguntan, la respuesta: Si, nuestra consultoría puede ayudarte si estás en esta tesitura... cuando tiene arreglo.




1 comentario:

  1. Lo aclaramos porque algunas cosas van cambiando desde la publicación de este artículo y nos lo preguntan. No, el SERA no es de aplicación al aeromodelismo desde agosto de 2016.

    Y si, en el Real Decreto de RPAS que está a punto de publicarse, que sustituirá la normativa "provisional" de 2014, ya se recoge un pequeño marco normativo para el aeromodelismo.

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