La normativa provisional de RPAS, y la
alarma mediática que viene produciendo el creciente uso de los drones, ha empezado a afectar a otras disciplinas aeronáuticas
recreativas y deportivas y, para variar, en buena parte se debe a la
falta de previsión y dejación de funciones de nuestras autoridades
aeronáuticas.
Ganador del Trofeo Astilla el finde pasado
Hasta ahora, irse a volar con un
aeromodelo al campo donde siempre se había volado, no tenía más
problema que lo que te duraran las baterías/combustible y que no se rompiera
nada, tomando los clubes o incluso los aficionados que van por libre,
unas precauciones básicas que son de puro sentido común y hace poco ha reeditado la AESA según su interés.
Folleto informativo en la web de la AESA
No ponerse a volar en un lugar
concurrido, no hacerlo de forma temeraria ni demasiado cerca de la
gente o las propiedades ajenas, tener un seguro de responsabilidad
civil, verificar que no se pisan las frecuencias si hay otros
aficionados en el lugar, evitar hacerlo demasiado cerca de
aeropuertos y helipuertos, dejar que algún veterano te enseñe lo
básico si no quieres tener un agujero en el bolsillo... son
“normas” sencillas que los practicantes del aeromodelismo se
autoaplican a falta de una normativa específica en su ámbito
aeronáutico.
Porque no hay una norma específica para
el aeromodelismo y su única referencia “normativa” es la
federativa que, en el mejor de los casos, es de aplicación en el
ámbito deportivo.
Pero hay que tener en cuenta que, como los
ciclistas, no todos están federados ni montan en bici por
deporte. El aeromodelismo recreativo (fuera del ámbito
federativo) existe al igual que hay ciclistas que no están federados
y no montan en bici solo para entrenar y competir. Hay, mira tu que
tontería, gente que lo hace porque si, porque le gusta y punto o
para desplazarse a trabajar y no exclusivamente por deporte. Igualito
que en automovilismo, donde no todos los que conducimos estamos
federados, ¿verdad?
Pero bueno, hasta las bicicletas tienen
su marco normativo extradeportivo, ya que tienen la referencia del Código de Circulación, que las contempla adecuadamente.
El asunto es que los aeromodelistas que
no quieren estar sujetos al ámbito federativo no tienen ninguna
norma específica a la que atenerse y, aunque se federaran, los reglamentos federativos no tienen carácter de normativa específica y no matizan ley vigente alguna con lo que, si se les aplica la normativa genérica aeronáutica, están jodidos porque todo es interpretable y
desproporcionado: no está pensada para esta actividad.
La norma de referencia es la Ley de
Navegación Aérea (LNA), que clasifica los aeromodelos como
aeronaves en su artículo 11 y, en consecuencia, los introduce plenamente en el ámbito de la Ley de Seguridad Aérea (LSA) o el
Reglamento de Circulación Aérea (RCA) y el SERA, normativas de obligado cumplimiento por toda aeronave pensadas fundamentalmente para regular a la gran aviación, la del transporte y los trabajos aéreos. Así que ya la tenemos
liada y todo queda en manos de la autoridad competente que, con su mejor
criterio y conocimiento, aplicará lo anterior al sector
aeromodelista.
Así últimamente se viene observando
como el poder ejecutivo (las fuerzas de seguridad que toquen
según la comunidad autónoma/municipio en cuestión), un tanto
despistado en ocasiones y siempre con la normativa que hay publicada en el BOE en la mano
(LNA, LSA y RCA/SERA), se empieza a pasar por los lugares donde vuelan los aeromodelistas y advierte, e incluso prohíbe, cualquier
práctica que vulnere su interpretación de estas normas o, directamente, te pide lo exigible a los operadores de RPAS (autorizaciones, permisos, seguros y etc).
Lamentablemente, y aunque sea una
desproporción y un despropósito con base en el desconocimiento, las más de las veces llevan razón
y los aeromodelistas llamados al orden, en algunos casos
clubes completos, tienen que ponerse a buscarse la vida con la
autoridad (la AESA) y los gestores del espacio aéreo (CTRs principalmente) que consideren
que se vulneran sus competencias o responsabilidades para poder seguir haciendo lo que llevan haciendo
desde hace años sin perjuicio de terceros.
No solo con los aeromodelistas se mete la autoridad: todo lo que vuela, puede acabar en la cazuela
Para que toméis conciencia del absurdo
que supone no tener una norma específica para aeromodelismo y aplicar la genérica sin mesura, tomemos
como ejemplo el CTR de Málaga. Técnicamente, en toda su superficie (algo más de 7.000 kilómetros cuadrados de los que más del 60% es territorio de la provincia de Málaga),
no se puede volar con aeromodelos sin tener un permiso específico de
la AESA que excepcione la prohibición de “volar sin autorización
en un espacio aéreo controlado”, pues todo el CTR de Málaga es espacio aéreo controlado hasta al suelo/mar.
Así que ya sabéis, si pretendíais
volar con vuestro aeromodelo básico en el fondo del Valle de Abdalajís
(Málaga), por poner un ejemplo aún más absurdo ya que está a 30 km. del aeropuerto pero dentro de su CTR, tendréis que coordinaros con
el Aeropuerto de Málaga y pedir a la AESA que os conceda una
excepción para poder hacerlo tras esa coordinación.
Y, si no, a callar y a recoger los bártulos a poco que la autoridad os lo pida en escrupuloso cumplimiento de la ley, si no quieres que te denuncien y te apliquen todo el peso de la LSA (con sanciones de 60 a 45.000 €, si se consideran leves).
El inmenso CTR de Málaga
La solución es bien sencilla y la
pusieron en práctica otros países hace muchos años: hacer una
normativa específica y proporcionada (sencilla) para el
aeromodelismo. Algo que en los USA hicieron hace 34 años (en un solo folio) y ahora, ante la
marea de los RPAS, han tenido que retocar sin abandonar la sencillez (la han dejado en tres folios) que requiere el ámbito recreativo.
P.D. Como nos lo preguntan, la respuesta: Si, nuestra consultoría puede ayudarte si estás en esta tesitura... cuando tiene arreglo.
Lo aclaramos porque algunas cosas van cambiando desde la publicación de este artículo y nos lo preguntan. No, el SERA no es de aplicación al aeromodelismo desde agosto de 2016.
ResponderEliminarY si, en el Real Decreto de RPAS que está a punto de publicarse, que sustituirá la normativa "provisional" de 2014, ya se recoge un pequeño marco normativo para el aeromodelismo.