jueves, 8 de mayo de 2014

Cambios en la aeronave

 
Certificados de tipo emitidos por AESA y EASA.

Nos consultan a menudo (dos veces en la última semana) sobre la legalidad de realizar cambios en aviones certificados de tipo (TC) tales como cambiar hélice o motor.

Hay que saber que un avión TC no puede ser modificado desde su configuración autorizada sin perder el Certificado de Aeronavegabilidad (CdA), momento desde el que se convierte en "no aeronavegable" con el riesgo de ser sancionados si se detectara la modificación no autorizada y la pérdida de la cobertura del seguro en caso de accidente en la mayoría de las pólizas del mercado.

Cualquier modificación de importancia en una aeronave TC (como son los cambios en el grupo motopropulsor) requiere de un Certificado de Tipo Suplementario (STC) que recoja tal cambio, certificado que emitirá la EASA salvo en el caso del ULM que lo hará la AESA por tratarse de aeronaves recogidas en el Anexo II del tratado por el que se constituye la EASA.




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