sábado, 9 de mayo de 2015

Reincidentes en la AESA

A tres días de la entrada en vigor del Real Decreto (RD) 123/2015, y como ya comentábamos que era previsible, no se han publicado aún aquellos contenidos que la AESA se comprometía a hacer públicos a la entrada en vigor de esta norma que viene a modificar la formación y licencias de los ultraligeros (ULM).


Y no, no es ninguna novedad. Nuestra autoridad aeronáutica es reincidente.

Algunos, sobre todo aquellos practicantes del vuelo libre en aeronaves que no son ultraligeras (parapente, ala delta, paramotor, etc.), aún recuerdan cuando hace casi 16 años, con la publicación del RD 1591/1999 y en una de sus disposiciones transitorias, se asimilaban operacionalmente este tipo de "aeronaves" a los ULMs, así con calzador y sin pensar que no encajaban entonces, ni encajan ahora, en esa norma ni con fórceps.


Pues 16 años después, lo que supone un periodo transitorio bastante abultado, aún sigue pendiente lo que se comprometió la DGAC (entonces no existía la AESA) a desarrollar, una normativa específica para este tipo de "aeronaves", con lo que los problemas surgen a diario en forma de prohibiciones absurdas (como la de tener que despegar con un parapente o ala delta desde una superficie autorizada), sanciones injustas (por subir por encima de los 1000 AGL volando térmica con un ala delta, por ejemplo) y un tratamiento sectorial inadecuado.


¿Aún no han entendido en la AESA que ésto no son ULMs tal y como los define "provisionalmente" la norma de 1982?

Así que debemos prepararnos para lo peor y esperar lo mejor con aquellos futuribles que conocíamos hace 2 meses, a la publicación en el BOE, porque en 3 días entra en vigor la norma y no tenemos aún publicados los siguientes:

  • Contenido de la prueba de vuelo del examen.
  • Contenido del curso de estandarización de aspirantes a examinadores.
  • Modelo de libro registro de tiempo de vuelo,
  • Contenidos del curso de instructor de ultraligeros.
  • Contenidos del curso de radiofonista.
  • Contenidos y convocatorias del seminario de actualización para instructores con habilitación caducada.

Tan solo ha sido cumplida una pequeña parte de los compromisos, y no por mérito de la AESA sino de los profesionales de la formación que han generado los documentos que han sido publicados por la Agencia en su web referentes a programas teórico y práctico para obtener la licencia.

Esperemos que no pasen años hasta que la AESA cumpla, publicando el resto de contenidos comprometidos, como ocurre con la disposición transitoria tercera del RD 1591/1999.



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