miércoles, 2 de diciembre de 2015

Nuevo reglamento en el Registro de Matrícula

El pasado día 1 entraba en vigor el nuevo Reglamento de Matriculación de Aeronaves Civiles, que se publicaba en junio y tiene bastantes novedades por lo que respecta a las aeronaves ultraligeras (ULM) y construcciones por aficionados (AM).


La principal novedad es que desaparece el registro especial donde se venían inscribiendo los ultraligeros certificados de tipo que no eran utilizados por operadores aéreos, pasando todas las aeronaves a un régimen registral único. Y ésto tiene sus implicaciones ya que, al pasar todas las aeronaves (ULMs incluidos) al que se conocía hasta ahora como régimen general, todas tienen la obligación de inscribir, previamente a pasar por la AESA, sus títulos de propiedad y posteriores anotaciones en el Registro de Bienes Muebles (RBM).

Así que se suma una nueva "traba burocrática", y gasto (la tasa del RBM), a las inscripciones registrales de ULMs certificados de tipo a la ya añadida hace algunos años de liquidar ciertos impuestos en Madrid antes de pasar por la notaría local porque, como el registro sustantivo (el RMA) se encuentra en Madrid, la obligación de liquidar por ejemplo el Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) es en esa comunidad autónoma.


Si, es cierto que algunas comunidades autónomas siguen admitiendo la liquidación de ITP y AJD de aeronaves en sus delegaciones de Hacienda Autonómica, pero cada vez son menos y casi todas ya obligan a liquidar este impuesto en Madrid rechazando tu autodeclaración cuando detectan que se trata de una aeronave y no otro tipo de vehículos.

El resto de cambios son más bien "estéticos" y forzados por la necesidad, ya que las series de números de matrícula se van agotando y hay que generar nuevas series para seguir matriculando. Es algo parecido a cuando hace años cambiaron el formato de las matrículas de los automóviles y les quitaron el código provincial.

Así, las matrículas de ULM y AM se quedan como están hasta agotar las series disponibles (ya sabéis las matrículas EC-LLN y EC-ZLL, respectivamente, siendo la N un número y la L una letra). Cuando éstas se agoten, se pasará a emitir matrículas con el formato EC-UNNN o EC-ANNN, para ULMs y AMs, siendo la N un número. El resto de aeronaves nuevas matriculadas simplemente añadirán una letra más a lo habitual: EC-LLLL.


En definitiva el sindios que era, sobre todo en el ámbito recreativo, que los titulares de las aeronaves una vez acabado el trámite ante el RMA no hicieran el obligado trámite de inscripción ante el RMB, con este cambio del orden de las inscripciones queda evitado. Ahora veremos cómo se regularizan las inscripciones previas de algunas aeronaves que han pasado por muchas manos, con poca o ninguna documentación de esos cambios de titularidad, que es el problema que se ve venir y que por ahora se está solucionando por el viejo método del borrón y cuenta nueva; lo que no deja de ser un agravio comparativo de los ULMs para con el resto de aeronaves, para variar.


En fin, que si te empieza a doler la cabeza con estas burocracias y vives fuera de Madrid (o en Madrid y no te apetece mucho perder el tiempo haciendo estas gestiones, que no se pueden hacer en un solo día) estamos a tu disposición para hacerlas por ti y evitarte estos viajes y padecimientos.



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